El 2 de Enero, o la Fecha de la Discordia en Granada

Si buscas el significado de ‘día de fiesta’, la RAE indica varias acepciones. La primera explica que se trata de un día en el que no se trabaja. La segunda, habla de un día celebrado con especial solemnidad por una religión. La tercera , jornada en la que se celebra algo o se dedica a alguien o algo. Y la cuarta, se refiere a acto o conjunto de actos organizados para la diversión o disfrute de una colectividad.

Nos quedamos con esta última y nos preguntamos, ¿por qué mantener una fiesta que en lugar de unir en su celebración, para el disfrute de todas y todos, lo que hace es crear polémicas y enfrentamientos?

Pero partamos del hecho histórico que motiva esta discordia, entre quienes defienden su celebración y los que prefieren que se anule del calendario festivo granaino.

Tras diez años de una guerra que enfrentó al último reino musulmán de la península, el reino Nazarí de Granada, contra los ejércitos de Castilla y Aragón, en una clara política expansionista de los Reyes Católicos que continuaría con la consolidación del Imperio tras el descubrimiento del Nuevo Continente, Abū ‘Abd Allāh Muhammad ibn Abī il-Hasan ‘Alī, apodado «al-Zugābī», conocido por los cristianos como ‘Boabdil’ firma las capitulaciones de la rendición de su reino a las huestes cristianas. La firma no fue el 2 de enero. Muchas fuentes confluyen en que la firma se produjo el 25 de noviembre de 1941, si bien, la traducción del documento recogida en la web del Ayuntamiento de Granada indica 28 de noviembre de 1941. Esta traducción se incluye en el libro ‘Historia de la Rebelión y Castigo de los Moriscos del Reino de Granada’ de Luis de Mármol y Carvajal, publicado en primera edición en el 1600.

Enlace al texto recogido en el portal del Ayuntamiento de Granada:

El documento original del Privilegio rodado de Asiento y Capitulación para la entrega de Granada se conserva en el Archivo de los Duques de Frías, depositado en la Sección Nobleza del ‘Archivo Histórico Nacional’ español.

El día 2 de enero de 1492 sí se produce la entrada de tropas y de los Reyes Católicos al interior de Granada tras la firma de las capitulaciones.

Resulta curioso, cuanto menos, ver algunos titulares de prensa cuando se habla de este día como el día de la ‘liberación de Granada’ por las tropas cristianas de Isabel y Fernando, cuando la verdadera refundación y florecimiento de la ciudad de la Alhambra se debe a la iniciativa musulmana. Pese a sus orígenes túrdulos y posterior dominación romana, el emplazamiento de la actual Granada llegó a quedar casi abandonado, ante la supremacía de Medina Elvira, ciudad ubicada entre los municipios de Atarfe y Pinos Puente.

Sólo la refundación de la ciudad de Granada, por motivos estratégico-defensivos entre otros, con el traslado de la capital de la Taifa de Granada, a la antigua Madinat Garnata, por Zawi Ben Ziri, fundador de la propia taifa y primer rey de la misma entre los años 1013 y 1019 iniciaría un camino de esplendor para la nueva capital. De modo que no se puede ‘liberar’ lo que no existía antes de su refundación musulmana, aunque sí se puede ‘conquistar’.

Más información sobre Madinat Garnata en el siguiente enlace:

Ante el hecho histórico incuestionable de la conquista cristiana, la falta de talante conciliador de los Reyes Católicos, a diferencia de sus antecesores, como bien demostró Alfonso X el Sabio, que gustaba de llamarse ‘Rey de las Tres Religiones’, supone una base para que surja el conflicto actual respecto a la celebración o no de la fecha en cuestión.

Y es que la celebración de una conquista sólo puede ser considerada si se pasa de una situación de pesadumbre a una mejora notable para la población afectada. La conquista aportó el cambio fundamental de la religión oficial. La religión cristiana era la nueva religión de la clase dominante y del Reino de Granada. Pero, ¿mejoró la vida de la población de Granada?

Lo que en un principio suponía unas condiciones ventajosas para la rendición de la población general del Reino de Granada y de sus clases dirigentes, se convertiría en una cadena de incumplimientos y desprecio a lo firmado.

Salida de la familia de Boabdil de Granada – Manuel Moreno-Gómez, 1880.

Si se lee el texto de las capitulaciones que sellaban la rendición, éstas recogen una lista de confirmantes que va encabezada por los Reyes Católicos, quienes aprueban el documento y hasta 49 firmas más de buena parte de la Corte Real y la Iglesia Católica. Los notarios mayores de Castilla, del reino de Toledo y del reino de León testifican el documento.

Las capitulaciones recogían medidas claras y precisas respecto a las y los conquistados como:

«Que siendo entregadas las fortalezas, sus altezas y el príncipe don Juan, su hijo, por sí y por los reyes sus sucesores, recibirán por sus vasallos naturales, debajo de su palabra, seguro y amparo real, al rey Abí Abdilehi, y á los alcaides, cadís, alfaquís, meftís, sabios, alguaciles, caudillos y escuderos, y á todo el comun, chicos y grandes, así hombres como mujeres, vecinos de Granada y de su Albaicin y arrabales, y de las fortalezas, villas y lugares de su tierra y de la Alpujarra, y de los otros lugares que entraren debajo deste concierto y capitulación, de cualquier manera que sea, y los dejarán en sus Casas, haciendas y heredades, entonces y en todo tiempo y para siempre jamás, y no les consentirán hacer mal ni daño sin intervenir en ello justicia y haber causa, ni les quitarán sus bienes ni sus haciendas ni parte dello; antes serán acatados, honrados y respetados de sus súbditos y vasallos, como lo son todos los que viven debajo de su gobierno y mando.«

«Que sus altezas y sus sucesores para siempre jamás dejarán vivir al rey Abí Abdilehi y á sus alcaides, cadís, meftís, alguaciles, caudillos y hombres buenos y á todo el comun, chicos y grandes, en su ley, y no les consentirán quitar sus mezquitas ni sus torres ni los almuedanes, ni les tocarán en los habices y rentas que tienen para ellas, ni les perturbarán los usos y costumbres en que están.«

«Que los moros sean juzgados en sus leyes y causas por el derecho del xara que tienen costumbre de guardar, con parecer de sus cadís y jueces.«

«Que el rey Abdilehi y sus alcaides, cadís, alfaquís, meftís, alguaciles, sabios, caudillos y escuderos, y todo el comun de la ciudad de Granada y del Albaicin y arrabales, y de la Alpujarra y otros lugares, serán respetados y bien tratados por sus altezas y ministros, y que su razón será oida y se les guardarán sus costumbres y ritos, y que á todos los alcaides y alfaquís les dejarán cobrar sus rentas y gozar de sus preeminencias y libertades, como lo tienen de costumbre y es justo que se les guarde.«

«Que los moros no darán ni pagarán á sus altezas mas tributo que aquello que acostumbran á dar á los reyes moros.«

Cubierta del documento de las Capitulaciones de Rendición del Reino de Granada.

Ciertamente se trataba de medidas ventajosas para la población que se rendía a los conquistadores foráneos.

Pero, lo firmado se diluyó como azucarillo en la leche.

“Fueron en verdad las capitulaciones de Granada las más favorables de las concedidas a los pueblos de la península, muestra grande de la tolerancia de los Reyes Católicos y del significado y poder que aún tenían los muslimes, bien que por su carácter anormal y extraordinario no se avenían a ser duraderas”- era el juicio del escritor, filólogo, arabista, orientalista e historiador Francisco Fernández y González en 1865.

Numerosos historiadores recientes recogen que la actuación del Cardenal Cisneros, por ejemplo contra los ‘elches’ (cristianos convertidos al Islam) en el año 1499, violaba el contenido de las capitulaciones firmadas. En esa línea se mueven Miguel Ángel Ladero Quesada, Jose Enrique López de Coca Castañer y Ángel Galán Sánchez.

Antonio Luis Cortes Peña subraya que “no era intención de los Reyes Católicos perpetuar la situación de dualidad surgida en las capitulaciones, sino la de ganar tiempo”
La cuestión debatida es, más bien, la de las responsabilidades respectivas de los Reyes y de Cisneros en la política de conversión de los vencidos. Manuel Barrios Aguilera demuestra que, en realidad, tanto el arzobispo Talavera como el arzobispo Cisneros pusieron en obra una línea definida por los propios Reyes, una línea contraria a las capitulaciones que “establecían clara y rotundamente el respeto de la religión de los vencidos”.

Expulsión Moriscos. Fuente: web ‘La Raya Sin Fronteras’.

Y a poco que profundizamos en los años posteriores se comprueba que el sumario de expropiaciones, castigos, incremento de régimen fiscales, persecución por las prácticas culturales y religiosas musulmanas fue la práctica dominante por el nuevo Estatus de Poder, el dominio de los Reyes Católicos y de sus herederos, siendo instrumento para ello la Inquisición, que empezó su camino en 1478.

Todo este ‘plan’ de desarticular la religión, la cultura y la identidad de un Pueblo vendría a culminar con el episodio de la ‘expulsión de los moriscos’ de Granada por Felipe II y la expulsión definitiva decretada por Felipe III. Si bien, pese a la marcha de muchas y muchos, con el daño consecuente que la despoblación provocó en el antiguo Reino Nazarí, la población que permaneció siguió conservando muchas de las costumbres arraigadas en las familias granainas y andaluzas, eso sí, camuflándolas a los ojos de los nuevos dirigentes. Costumbres que han llegado hasta nuestros días.

La Expulsión de los Moriscos. – Vicente Carducho. Gabinete de Dibujos y Estampas del Museo del Prado. Madrid.

En la actualidad, por la libertad que permite la Democracia, cada persona puede estar a favor o en contra de esta celebración, si bien, no es moral ni ético imponer por decreto una festividad que no auna el sentir de todo un Pueblo y que se vanagloria de una conquista que incumplió sus acuerdos de paz en su totalidad.

Una conquista que provocó, donde había existido un marco de convivencia de las tres religiones (musulmana, judía y cristiana) durante siglos de historia, un régimen de acoso y persecución contra esas otras prácticas religiosas, justificando con ello la acaparación de los recursos, tierras y riquezas del Reino de Granada y por extensión de todo Al-Ándalus en nombre de la religión cristiana, ‘única verdadera’ según la nueva clase dominante.

Fuentes: Traducción de las Capitulaciones recogida en ‘Historia de la Rebelión y Castigo de los Moriscos del Reino de Granada’ de Luis de Mármol y Carvajal (Ayuntamiento de Granada) / Los Derechos de los Vencidos: Las Capitulaciones de Granada (1491) – Isabelle Poutrin / Wikipedia.

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